La Paz - 26 de Febrero de 2015| Unidad de Comunicación
Hoy por hoy, son muchas las personas que requieren de Transfusiones Seguras debido a una serie de enfermedades patológicas que demandan de sangre para su tratamiento y así mejorar su calidad de vida como es el caso de cáncer, intervenciones quirúrgicas, anemia severa, complicaciones en el parto y accidentes donde se presentan cuadros hemorrágicos.
De acuerdo con la Ley N° 1687 de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre en su artículo 18 "queda estrictamente prohibido el comercializar sangre humana", lo que se cobra son los reactivos e insumos que son utilizados en el proceso laboratorial y proceso de tamizaje (análisis) también llamados costos por producción.
"Por tanto el donante no puede cobrar por donar sangre, porque va contra la Ley y dejaría de ser donación voluntaria altruista convirtiéndose en un acto ilícito y de lucro", manifestó la Dra. Ericka Lucía Machicao Carrasco, Coordinadora General del Programa Nacional de Sangre del Ministerio de Salud.
Así mismo, recomendó a los familiares o allegados de pacientes, no ofrecer remuneración (económica) a los donantes, aunque se trate de grupos sanguíneos raros como: A Rh (+) B Rh (+), lo ideal es que los familiares del paciente acudan a los Bancos de Sangre de Referencia Departamental para solicitar la unidad de sangre y le brinden de forma inmediata la solicitud o de lo contrario los funcionarios del Banco de Sangre contacten a los donantes de grupos sanguíneos poco frecuentes.
De acuerdo al protocolo de los Bancos de Sangre, la solicitud de sangre o hemocomponentes debe tener los siguientes datos:
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- Nombre del Paciente, edad, sexo, grupo sanguíneo, lugar de transfusión (Hospital; Instituto, Clínica u otro), servicio, número de cama y número de Historia Clínica, consulta externa, internación, quirófano o urgencias.
- Motivo de Transfusión, diagnóstico, urgente o de rutina, programada para: día, mes, año, hora, nombre y apellidos del médico solicitante con sello, firma y matrícula profesional.